Contrato de Ampliación Prenda
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presenta un Contrato de Ampliación Prenda:
PRENDA
SOBRE ACCIONES NOMINATIVAS (AMPLIACIÓN DE GARANTÍA)
_____________________________________
A
BANCO
ABOGADO __________________
EJECUTIVO __________________
FECHA __________________
SGL Nº __________________
Comparecen: Don _________________________________________________,
domiciliado en esta ciudad calle .............., en representación según
se acreditará, del BANCO .............................., sociedad anónima bancaria de
su mismo domicilio, actuando por sí y en su carácter de sucesor o
continuador legal del Banco S................... en adelante
también denominado indistintamente como "el Banco"; y don
____________________
_______________________________________________________ (nacionalidad,
estado civil, profesión, cédula de identidad), por sí (en representación
de) _____________________________
___________________________________________________, ambos domiciliados
en esta ciudad, calle ___________________________________________ en
adelante también denominado "el constituyente" o "el deudor", todos los
comparecientes mayores de edad, quienes acreditan sus identidades con
las cédulas citadas y exponen:
PRIMERO: Don (La Sociedad)
________________________________________________________ es dueño de (es
dueña de) las siguientes acciones nominativas, emitidas por la(s)
sociedad(es) que se indica(n) a continuación, e inscritas en el
respectivo Registro de Accionistas:
1. Sociedad emisora:
Número de Acciones:
Número del Título:
Fecha de Emisión del Título:
Inscripción Registro Accionistas:
2. Sociedad emisora:
Número de Acciones:
Número del Título:
Fecha de Emisión del Título:
Inscripción Registro Accionistas:
3. Sociedad emisora:
Número de Acciones:
Número del Título:
Fecha de Emisión del Título:
Inscripción Registro Accionistas:
SEGUNDO: Por el presente instrumento
don______________________________________, (por sí) (como mandatario y
en representación de la Sociedad) ____________________________________
_________________________________________________________________________________________.
constituye en favor del BANCO .............................., para quien acepta su
representante, prenda de conformidad con la Ley Nº 4.287 del año 1928,
sobre todas y cada una de las acciones singularizadas en la cláusula
primera precedente con el fin de garantizar al BANCO
.............................. el cumplimiento de todas y cualesquiera de las obligaciones que directa o
indirectamente el constituyente tenga en la actualidad o en el futuro
tuviere a favor de dicho Banco, en moneda nacional o extranjera,
derivadas de toda clase de actos y contratos y especialmente de
operaciones de crédito de dinero, ya sea como aceptante, suscriptor,
girador, endosante, o avalista de letras de cambio, pagarés y otras
órdenes de pago distintas de los cheques; por créditos simples o
documentarios; por avances o sobregiros en cuentas corrientes o en
cuentas especiales; por contrato de apertura o líneas de crédito; por
saldos que arrojen sus cuentas corrientes en su contra, sea por
liquidaciones parciales o definitivas, por cheques, boletas de garantía
o cualquier otra clase de documentos mercantiles o bancarios; sea que
resulte obligado como deudor principal, fiador, avalista, codeudor
solidario o a cualquier otro título; por mutuos de dinero, préstamos en
moneda corriente o extranjera efectuados con letras o pagarés o
descuentos de letras de cambio, pagarés y otros documentos que
representen obligaciones de pago; préstamos en cuenta especial, o por
cualquier otro documento que contenga una operación de crédito de dinero;
por avales, fianzas simples o solidarias u otras garantías que el BANCO
.............................. haya otorgado con ocasión de operaciones de crédito u
otros actos y contratos ejecutados o celebrados por el deudor
garantizado, y respecto de las cuales el Banco resulte obligado al pago
con derecho a repetir en contra de la persona así caucionada; por
obligaciones asumidas en favor del BANCO .............................. mediante
novación por cambio de deudor, de acreedor o de obligación; por saldos
de precios y demás actos y contratos ejecutados o celebrados con el
Banco por la persona caucionada; por intereses, reajustes, gastos,
costas, y demás prestaciones accesorias que correspondan; y por las
renovaciones, sustituciones, reprogramaciones, modificaciones y
prórrogas de todas estas operaciones y documentos ya sea que estas
obligaciones se hayan contraído con la oficina principal del Banco o con
cualquier sucursal del Banco establecida o que se estableciere dentro o
fuera del territorio de la República y sea el Banco acreedor originario
o derivado por cesión, endoso u otra causa.-
TERCERO: Las partes dejan constancias que el (los) títulos(s) de las
acciones dadas en prenda, ha(n) sido entregado(s) por el constituyente
al BANCO .............................., y recibido(s) por éste.
CUARTO: El constituyente se obliga a no gravar, enajenar ni celebrar
acto o contrato alguno en relación con las acciones dadas en prenda, sin
autorización escrita del BANCO ...............................
QUINTO: El deudor declara que las acciones singularizadas en la cláusula
primera del presente instrumento, le pertenecen como único y exclusivo
dueño, y que no están afectas a embargo, medidas precautorias,
gravámenes, limitaciones de dominio, acciones resolutorias, cargas de
cualquier naturaleza, litigios, prohibiciones de gravar o enajenar,
saldos de precios, promesas de compraventa, y que no existe impedimento
alguno que pueda menoscabar la libre disposición de ellas ni la
constitución de la prenda de que da cuenta este instrumento; todo ello
sin perjuicio de la prenda de la Ley N 4.827 constituida anteriormente
sobre las mismas acciones en favor del Banco ......................., cuyo sucesor
legal es el Banco ......................, según se acredita al final.-
SEXTO: La prenda que se constituye por este acto comprenderá y se
extenderá a todos los aumentos que reciban tales acciones y a los frutos
y beneficios que ellas produzcan. En consecuencia, los aumentos de valor
nominal de dichas acciones y las acciones que se repartan liberadas de
pago y que correspondan a las dadas en prenda, quedarán comprendidas en
la prenda que por el presente instrumento se constituye. Del mismo modo,
los dividendos que correspondan a las acciones dadas en prenda, estarán
también afectos a ella. El BANCO .............................. queda autorizado para
cobrar y percibir los dividendos y frutos de cualquier naturaleza que
produjeren las acciones dadas en prenda y las devoluciones de capital
que pudieran acordarse, y para abonar estos valores como juzgue
conveniente, a las obligaciones garantizadas, pudiendo incluso
prepagarlas.
En el caso de emisión de nuevas acciones liberadas de pago o de emisión
de nuevos títulos por aumentos de valor nominal de las acciones, se
entenderán afectos los nuevos valores que se emitan a la prenda que se
constituye por el presente instrumento según se ha dicho, quedando
facultado el BANCO .............................., en forma exclusiva, para retirar de
la compañía emisora el o los títulos que se emitan, quedándole a ésta
prohibido entregarlos al deudor u otra persona, debiendo anotarse la
prenda de estos nuevos títulos en el Registro de Accionistas del emisor,
a sola petición del BANCO .............................., o del Notario Público que lo
solicite en su nombre.
En caso de emisión de nuevos títulos por aumento del valor nominal de
las acciones pignoradas, dichos nuevos títulos substituirán a los
anteriores para todos los efectos relacionados con la prenda que se
constituye por este acto, quedando el Banco facultado para efectuar el
canje correspondiente con la respectiva sociedad emisora.
(Párrafo opcional a ser incorporado a requerimiento de área comercial)
Tratándose de emisión de nuevas acciones de pago, queda el BANCO
.............................. facultado para suscribir y pagar por cuenta y riesgo del
deudor, el valor de las nuevas acciones que correspondan a las prendadas
por este instrumento, pero si las suscribiere será sin ninguna
responsabilidad para el Banco, quedando obligado el deudor a restituirle
el monto de lo pagado, con más el interés máximo que sea permitido
estipular. Al efecto y en tal evento, queda expresa y especialmente
facultado el BANCO .............................. para que en nombre y representación
del constituyente, y con expresa facultad de autocontratar, suscriba a
su propia orden un pagaré o cualquier otro título ejecutivo por la suma
a restituir, pagadera a la vista, más el interés antes convenido. En tal
caso, quedarán constituidas igualmente en prenda en favor del BANCO
.............................. las nuevas acciones o valores suscritos, obligándose el
deudor a firmar y aceptar cualquier documento que sea necesario para
ello, dentro del plazo de cinco días hábiles, a contar desde la fecha
del requerimiento que al efecto el BANCO .............................. le haga
mediante carta certificada dirigida al domicilio registrado en esta
escritura pública.
SÉPTIMO: Para el caso de división de la (una cualquiera de las)
sociedad(es) emisora(s) de las acciones pignoradas, queda expresamente
convenido que la prenda se extiende a todas las acciones de las nuevas
sociedades que se formen a virtud de la división, que correspondan al
deudor como propietario de las empeñadas.
En caso de fusión de la (una cualquiera de las) sociedad(es) emisora(s)
de las acciones que se constituyen en prenda, las acciones de la
sociedad que subsista o de la nueva que se forme y que substituyan a las
empeñadas, quedarán automáticamente gravadas con la prenda aquí pactada.
Queda autorizado el Banco, en todas las situaciones precedentes, para
canjear y retirar los títulos correspondientes, y prohibido el emisor de
entregarlos al deudor u otra persona, debiendo anotarse la prenda en los
correspondientes Registros a sola petición del BANCO
.............................., o
del Notario Público que lo solicite en su nombre.
OCTAVO: En caso de mora o simple retardo en el pago de una cualquiera de
las obligaciones que se garantizan con la prenda que se constituye
mediante la presente escritura, queda facultado el Banco para hacer
exigibles anticipadamente todas y cada una de tales obligaciones como si
fueren de plazo vencido.
Podrán igualmente hacerse exigibles dichas obligaciones en forma
anticipada, considerándose también de plazo vencido, en caso de
verificarse una cualquiera de las siguientes circunstancias:
a) Si el constituyente no tuviere o perdiere el dominio de una
cualquiera de las acciones que se entregan en prenda, o si ellas se
encontraren afectas o quedaren afectas en el futuro a uno cualquiera de
los gravámenes o limitaciones señaladas en la cláusula quinta de este
instrumento;
b) Si por cualquier motivo, las acciones pignoradas se cotizaran en la
Bolsa de Comercio de ................... a un valor inferior en un
..............% al valor más alto que dichas acciones hubieran tenido entre la fecha de esta
escritura y el día en que el BANCO .............................. decida a su solo
arbitrio, evaluar su cotización.
Para estos efectos, el valor de las acciones deberá siempre expresarse
en Unidades de Fomento.
Sin embargo, el deudor podrá en tal caso reclamar el beneficio de los
plazos originales de las obligaciones caucionadas, aumentando la
garantía a satisfacción del Banco, aumento que se deberá verificar
dentro de ... días corridos, contados desde que el Banco se lo requiere
por carta certificada, despachada al domicilio señalado en esta
comparecencia.
c) Si el deudor no da cumplimiento oportuno a las obligaciones de
suscribir los instrumentos que sean necesarios para hacer efectivas las
estipulaciones que se convienen en las cláusulas sexta y séptima
precedentes, en los casos allí previstos.
d) Si el constituyente de la prenda fuera declarado en quiebra, o cesare
en el cumplimiento de cualquier obligación contraída en favor del Banco
o de un tercero.
e) Si el constituyente de la prenda ha incurrido en cualquier omisión,
error o falsedad en las declaraciones que efectúa en el presente
instrumento.-
NOVENO: El constituyente faculta expresamente al BANCO
.............................. para proceder al canje de las acciones pignoradas en cualquier tiempo
durante la vigencia de esta prenda, cualquiera sea el motivo o
circunstancia que lo origine, así como para solicitar al respectivo
emisor la división de los títulos representativos de tales acciones en
la forma y condiciones que estime conveniente, quedando en uno y otro
caso siempre plenamente vigente la prenda que se constituye por este
instrumento sobre los nuevos títulos que se emitan en reemplazo de los
canjeados o divididos, y facultado el BANCO
.............................. para
requerir personalmente o por intermedio de Notario Público, las
anotaciones que corresponda practicar en el respectivo Registro de
Accionistas del emisor.
DÉCIMO: Los derechos, gastos e impuestos de la presente escritura y de
su notificación a la respectiva sociedad emisora, serán de cargo
exclusivo del deudor, quedando el Banco facultado para debitarlos en la
o las cuentas corrientes, de ahorro o en cualquier otra acreencia que
mantenga el Banco en su favor.
DECIMOPRIMERO: Se faculta al portador de copia autorizada de la presente
escritura para requerir a un Ministro de Fe la notificación prescrita en
la Ley Nº 4.287 de 1928, y en general para realizar o requerir las demás
actuaciones que corresponda.
DECIMOSEGUNDO: Para todos los efectos legales derivados del otorgamiento
de este contrato, el constituyente fija su domicilio en la Ciudad y
Comuna de ................... sin perjuicio del que corresponda al lugar de su
domicilio o residencia, a elección del Banco.
DECIMOTERCERO: Don
___________________________________________________________ en el
carácter en que comparece, acepta los términos de la presente escritura
y especialmente consiente en la prenda y prohibición que se constituyen
en este acto en favor de su representado, el BANCO
...............................
Asimismo, en la representación en que comparece por el BANCO
.............................., sucesor o continuador legal, según se acredita
al final, del .............................., viene en alzar y
cancelar en todas sus partes la prohibición en favor de dicho Banco
...................... que grava las acciones singularizadas en la
cláusula primera del presente instrumento, alzamiento condicionado a que
efectivamente se inscriba la prenda y prohibición que se constituyen en
el presente instrumento.
DECIMOCUARTO: Por este mismo acto el compareciente don
____________________________
________________________________________________ por sí, (en la
representación en que comparece), se constituye en fiador y codeudor
solidario de todas y cada una de las obligaciones presentes y futuras
mencionadas en la cláusula segunda precedente, contraídas actualmente o
que se contraigan en el futuro por don (la Sociedad)
________________________________________________________________________.
en favor del BANCO .............................., como asimismo de todas las
obligaciones que las sustituyan total o parcialmente, aceptando desde ya
todas las modificaciones, prórrogas y renovaciones que puedan convenirse
o concederse respecto de ellas, como también la sustitución o
cancelación de cualquier garantía que asegure el pago de ellas,
renunciando a la excepción de subrogación a que se refiere el artículo
2355 del Código Civil. Las obligaciones que se afianzan solidariamente
en esta cláusula se harán exigibles en la misma forma y condiciones
estipuladas en la cláusula Octava precedente de esta escritura.
(Cuando el fiador y codeudor solidario es persona natural)
Se conviene expresamente en que todas y cada una de las obligaciones
caucionadas con la prenda sobre acciones y fianza y codeuda solidaria
que se constituye por medio de la presente escritura tendrán el carácter
de indivisibles, de modo que su cumplimiento podrá exigirse a cualquiera
de los herederos del fiador solidario, conforme a los artículos 1.526 Nº
4 y 1.528 del Código Civil.
DECIMOQUINTO: (Cuando existe fianza y codeuda solidaria)
Presente a este acto don
________________________________________________________ por sí ( en
representación de )
________________________________________________________ (ambos) de este
domicilio, calle __________________________________ Nº_________ Comuna
de __________________________ y expone: que en su calidad de deudor de
las obligaciones caucionadas con la fianza y codeuda solidaria que se
constituye por este instrumento, declara conocer y aceptar todas y cada
una de las estipulaciones contenidas en esta escritura, las que en lo
pertinente le serán plenamente oponibles para todos los efectos que
corresponda.
DECIMOSEXTO: (Cuando se pacta fianza y codeuda solidaria y el fiador y
codeudor solidario es persona natural casada en sociedad conyugal)
Presente a este acto doña
_____________________________________________________ y expone: que para
todos los efectos legales a que haya lugar, autoriza expresamente a su
cónyuge don
____________________________________________________________________
para constituir la fianza y codeuda solidaria que se conviene en la
cláusula décima precedente del presente instrumento público, cuyos
términos declara conocer y aceptar en todas sus partes.
La personería de don _____________________________________________ para
representar al BANCO .............................. consta en la escritura pública de
fecha _______ de _________________ de 19______, otorgada en la Notaría
de _____________________ de don __________________________________.
El cambio de denominación o razón social del Banco
......................., y la disolución legal del Banco
.................. y la
calidad de sucesor legal o continuador legal del Banco
............................ de dicho Banco..............., consta de la Resolución Nº 6 de fecha 9/1/97 de la
Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras y de las
publicaciones legales efectuadas en el Diario Oficial, de fecha
........................., que se encuentran debidamente protocolizadas bajo el Nº 69, con fecha
13/1/97, en la Notaría de .............................. de don
........................................, personería y protocolizaciones que no se insertan por ser conocidas del
Notario autorizante y a solicitud de los comparecientes.
La personería de don
_________________________________________________________________ para
representar a ______________________________________________________
consta en la escritura pública de fecha ________ de
_______________________ de 19____ otorgada en la Notaría de
__________________________ de don
____________________________________________.
La personería de don
____________________________________________________________ para
representar a
______________________________________________________________ consta en
la escritura pública de fecha ________ de ______________________ de
19_____ otorgada en la Notaría de __________________________ de don
_____________________________________________.
Estas (s) escritura (s) no se inserta (n) por ser conocida (s) de los
otorgantes y a expresa solicitud de ellos y por ser conocidas del
Notario que autoriza.
INSERTAR:
1º
2º
3º
4º