Antecedentes
(a) Honorarios percibidos en calidad de trabajador independiente.
- Honorarios anuales percibidos por servicios prestados a particulares no obligados a retener impuesto, actualizados: $ 7.200.000
- Retención anual del 10% sobre honorarios, actualizados. $ 720.000
- Por su actividad profesional se encuentra acogido al régimen de gastos presuntos.
(b) Sueldos netos anuales reajustados, ya rebajado el APV efectuado por planilla ascendente a $4.600.000. Según Modelo de Certificado Nº 6:
|
RUT Retenedor |
Nº Certificado |
Sueldos Anuales Actualizados
(Columna 10) |
Impto. Único Retenido Anual Actualizado
(Columna 11) |
|
00.000.000-0 |
18 |
$ 45.293.540 |
$ 9.684.068 |
|
TOTALES |
|
$ 45.293.540 |
$ 9.684.068 |
(c) APV vía empleador informado en Columna 2 de Certificado Nº 24, se entiende que este monto fue utilizado como rebaja a la base imponible para el cálculo del Impuesto Único mensual retenido por el empleador $ 4.600.000
(d) APV vía trabajador informado en Columna 3 de Certificado Nº 24 $ 3.750.000
(e) Cotizaciones obligatorias como profesional independiente en Columna 4 de Certificado Nº 24 $ 720.000
(f) APV como trabajador independiente informado en Columna 5 de Certificado Nº 24 $ 1.450.000
(g) Tope máximo anual APV 600 U.F. al 31.12.2005 $ 10.784.886
(h) Intereses pagados por crédito hipotecario, durante el 2005, según certificado (Modelo Nº 20) emitido por el banco. El monto actualizado asciende a $4.100.000 (Columna 4).
Desarrollo
En la Sección Identificación del contribuyente tanto en el anverso como en el reverso del Form. Nº 22, se deben anotar los datos que se requieren, los cuales son obligatorios.
Los honorarios se declaran en la Línea 6 (Código 110), detallándolos previamente en el Recuadro Nº 1, del reverso del Form. Nº 22.
Los sueldos se declaran en la Línea 9 (Código 161) y el Impuesto Único de 2ª Categoría en la Línea 29 (Código162).
Rebaja máxima APV
|
Tope máximo anual de APV |
10.784.886 |
|
Menos: APV vía empleador (columna 2), certificado 24 |
(4.600.000) |
|
Monto máximo del APV vía trabajador que puede rebajarse |
6.184.886 |
|
Menos: APV vía trabajador (columna 3), certificado 24 |
(3.750.000) |
|
Saldo disponible para utilizar la rebaja del APV como trabajador
independiente |
2.434.886 |
Entonces:
- APV (Columna 3) certificado Nº 24, se declaran en línea 16 (Código 765).
- APV como trabajador independiente (Columna 5) certificado Nº 24, se declaran en el Recuadro Nº 1 (Código 770), reverso del Form. 22.
- La cantidad a rebajar en este código no podrá exceder de la cotización obligatoria, esto es: 720.000 x 8,33 = 5.997.600, ni del saldo disponible a utilizar determinado anteriormente, esto es: $ 2.434.886.
Calculo de la rebaja de intereses por crédito hipotecario: 8 UTA $ 3.030.816 se multiplica por el % que resulta de aplicar la siguiente formula:
250 – (1.667 x Renta Bruta Anual en UTA)
Nota: Ver material contenido en línea 15 (Código 750) “Cuadro de la forma que opera el Límite máximo a operar”
Renta Bruta Anual (Suma de Línea 1 a 10) $ 45.133.540.
Renta Bruta Anual en UTA de Diciembre 2005 $378.852 119.13 UTA
119,13 UTA x 1,667 198,59
250 – 198,59 = 51.41%
8 UTA $ 3.030.816 x 51.41% = $1.558.143.- (Rebaja máxima)