Contrato de Constitución de Sociedad
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COMPARECEN: ………………………………. …., don ……………………………….………………………………. …, y don ………………………………. …., todos en su calidad de socios de la “SOCIEDAD COMERCIAL ……………………………….”; don ……………………………….…. Y don ………………………………. …, ambos en representación de sociedad “……………………………….” …, todos los comparecientes mayores de edad, quienes acreditaron su identidad con las cédulas ya anotadas, por sí y en representación que invisten, y exponen que vienen en celebrar el presente contrato de sociedad:
PRIMERO: CONSTITUCIÓN. Los comparecientes vienen en formar una sociedad comercial de responsabilidad limitada, de acuerdo a las normas de la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, al Código de Comercio, Código Civil y las estipulaciones contenidas en los presentes estatutos.
SEGUNDO: OBJETO. El objeto de la sociedad será: la compra, venta, importación, exportación, comercialización, distribución, arriendo, explotación, fabricación y producción de toda clase de bienes y productos, pudiendo intervenir y explotar toda clase de negocios y realizar todo tipo de inversiones, en las actividades económicas, especialmente en el rubro inmobiliario; para todo lo cual podrá adquirir y otorgar franquicias, licencias y representaciones, todo ello sin perjuicio de ejecutar todos los actos que sean inherentes o necesarios al objeto social, como los demás que acordaren los socios.
TERCERO: RAZON SOCIAL Y DOMICILIO: La razón social de esta sociedad es “………………………………………………………………………….”, pudiendo actuar como “………………………………………………..”, y su domicilio es la ciudad de ……………………………….
CUARTO: ADMINISTRACIÓN: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá exclusivamente al socio “SOCIEDAD COMERCIAL ……………………………….”, empresa que a través de sus representantes legales deberá anteponer la razón social a su firma y representará a la sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, pudiendo celebrar todos los actos, contratos y convenciones necesarias para el cumplimiento del objeto social. En consecuencia, el socio administrador “SOCIEDAD COMERCIAL ……………………………….”, a través de sus representantes, podrán ejecutar en nombre de la sociedad todos los actos y contratos necesarios par cumplir con los objetivos sociales y sin que la enumeración sea taxativa podrá: Uno. Comprar, vender, permutar toda clase de establecimientos, marcas, patentes, derechos y privilegios sobre productos o materias primas. Dos. Comprar y vender bienes raíces, darlos y tomarlos en arrendamiento, constituir alzar y posponer hipotecas. Tres. Comprar, vender, permutar o dar en pago bienes muebles y valores mobiliarios en general, comprar, y vender acciones, bonos, valores y otros valores mobiliarios, constituir toda clase de prendas y alzarlas. Cuatro. Celebrar con Bancos, Instituciones de crédito y financieras, contratos de mutuos, cuentas corrientes bancarias de depósito, de crédito, de ahorro y otras, girar y sobregirar en dichas cuentas, cancelar y endosar cheques, solicitar saldos semestrales, retirar talonarios de cheques, hacer y retirar depósitos a la vista, a plazo o condicionales, firmar recibos de dineros y cancelaciones. Cinco. Girar, aceptar, reaceptar, suscribir, resuscribir, descontar, endosar en cobranza, garantía o descuentos y protestar letras de cambio, pagarés y demás efectos de comercio. Seis. Solicitar toda clase de créditos, ya sea contra aceptación de letras, suscripción de pagarés o escrituras públicas de mutuo, solicitar boletas de garantía, otorgar toda clase de prendas. Siete. Depositar y retirar toda clase de valores en custodia o garantía. Ocho. Realizar operaciones de cambios internacionales, contratar créditos simples, rotativos, documentarios y de toda clase, abrir acreditivos, y créditos documentarios, endosar y retirar documentos de embarque, firmar registros de importación y exportación, suscribir anexas, autorizar cargos en cuenta corriente relacionados con comercio exterior, comprar y vender divisas. Nueve. Constituir, modificar y disolver sociedades y comunidades. Diez. Conferir mandatos especiales y generales así como judiciales y delegar este poder en todo o parte, revocar mandatos y delegaciones. Once. Celebrar contratos de trabajo, de seguros, de transportes, celebrar toda clase de convenios con la Tesorería General de la República, Servicio de Impuestos Internos, Instituciones Provisionales y cualquier otra Institución Fiscal, Semifiscal o Privada. Doce. Retirar toda clase de correspondencia ordinaria o certificada y en general, realizar cualquier acto o contrato que los administradores necesiten, debido a que la enumeración citada es meramente ejemplar. Trece. En el orden judicial tendrá la representación de la sociedad con las facultades de ambos incisos del artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil los que se dan por reproducidos en forma expresa. No obstante lo expuesto anteriormente para comprar y vender bienes raíces, darlos y tomarlos en arrendamiento, alzar y constituir hipotecas, así como la facultad de contratar créditos, requerirá la firma de los dos socios.
QUINTO: El capital de la sociedad es la suma de ………………………………………….. millones de pesos que los socios aportan y enteran de la siguiente manera: a) SOCIEDAD COMERCIAL ……………………………….aporta la suma de …………………………. de pesos correspondiente al ………………………………… por ciento del capital que entera con …………………………………….. pesos al contado y en dinero efectivo, y el saldo de ……………….. se compromete a enterarlo a medida que las necesidades sociales lo requieran y en un plazo no superior a dos años contados desde la fecha de la presente escritura; b) ………………………………. aporta la suma de ……………………. Pesos, correspondiente al ……………………………… Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.
SEXTO: UTILIDADES Y PERDIDAS.- Las utilidades y pérdidas serán repartidas o soportadas entre los socios a prorrata de los aportes.
SEPTIMO: PLAZO: La sociedad tendrá una duración de cinco años, contados desde la fecha de la presente escritura, plazo que se entenderá prorrogado por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su opinión en contrario, por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de sociedad, con una anticipación de seis meses al vencimiento del plazo o al de una cualesquiera de sus prórrogas.
OCTAVO: BALANCE: La sociedad practicará un balance de sus actividades sociales todos los treinta y uno de Diciembre de cada año.
NOVENO: DISOLUCION DE LAS SOCIEDADES SOCIAS: En caso de disolución de una cualquiera de las sociedades socias, la sociedad continuará con la comunidad que se forme con la sociedad socia disuelta, quienes se harán representar por un procurador común, el que no tendrá facultades de administración.
DECIMO: ARBITRO: Toda clase de dificultades que se presenten en el ejercicio de las actividades sociales o con motivo de la liquidación de la sociedad, será resuelta en única instancia y sin ulterior recurso por un árbitro arbitrador. Los socios designan de común acuerdo a don ………………………………., quien podrá ser también liquidador de la sociedad, en el evento de que los socios no pudieren o no quisieren efectuar de común acuerdo la liquidación de la sociedad. En subsidio y a falta del árbitro designado, la designación la efectuarán los Tribunales de Justicia y en ese evento el árbitro deberá ser de derecho.
DECIMO PRIMERO: Se faculta a uno cualquiera de los socios y al contador don
RUT número
Para obtener en el Servicio de Impuestos Internos el RUT y la iniciación de actividades de la sociedad, pudiendo firmar las solicitudes que fueren menester. MANDATO: Se faculta al portador de copia autorizada de la presente escritura, para requerir del Conservador de Comercio que corresponda, las inscripciones, anotaciones y subinscripciones que fueren menester.-